La tarde de este lunes 5 de febrero, la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, realizó una audiencia de casación dentro del proceso de secuestro agravado en perjuicio de una menor de 16 años, por un hecho ocurrido en el año 2014 en Las Tablas, en donde fue condenado Jorge Castillo Villareal, a 20 años de prisión, mediante sentencia N°6 del 5 de abril de 2017 por el Tribunal de Juicio de la provincia de Los Santos.
Los magistrados Harry Díaz (presidente), José Eduardo Ayú Prado Canals y Jerónimo Mejía, se acogieron al término que establece la Ley para tomar una decisión, luego de escuchar tanto los alegatos de la defensa como del Ministerio Público.
En el acto de audiencia, el abogado recurrente del sentenciado, quien presentó el recurso de casación, sustentó que su defendido no debió ser juzgado bajo las premisas del artículo 150, numeral 3 del Código Penal, sino en el artículo 149 de este mismo Código, ya que según él no hay pruebas vinculantes del hecho.
Ante esto, el fiscal de Circuito de la provincia de Los Santos, José González, reiteró que en el acto de audiencia con el Tribunal de Juicio no solo se llevaron los elementos de convicción de la investigación como fue un reloj de la víctima sino también un registro de las llamadas del número de teléfono (Sim Card) del sentenciado que se hicieron con el celular de la desaparecida.
Agregó también que en la audiencia asistieron diversos testigos que señalaron que en su momento recibieron llamadas y mensajes de texto pidiendo recompensa por la menor de edad, cantidad que oscilaba entre 12 mil a 25 mil dólares, y se presentó un reporte psicológico donde se certifica que el sujeto fue calificado como pedófilo consumado.
Le correspondió a la licenciada Milagros Barrías del Ministerio Público solicitó que se mantenga la sentencia de 20 años de prisión.
De igual manera, el abogado querellante Rigoberto Vergara, representante de los familiares de la víctima, reiteró que aún se desconoce el paradero de la menor y solicitó no casar el recurso presentado.
Fuente: Organo Judicial